REGLAMENTO ELECTORAL 2014

 


Conforme lo dispuesto en el artículo 45 de los estatutos federativos, y a lo resuelto en la sesión de Directorio de fecha 01 de Febrero de 2014 mediante sorteo realizado el día 17 de Febrero de 2014, se constituyó la Comisión Electoral de la AJEFECH.

La misma quedó compuesta por Ana María Pérez, representante de la Fundación Chilena de Ajedrez; por Oscar Bretón Diéguez, representante de la Fundación Chilena de Ajedrez; por Luis Dissett Velez, representante de Club Chile; por Alexander Rodriguez Gonzalez, representante de Club Maipú; y por Claudio Toledo Sandoval, representante de Club Chile.

En dicha ocasión se dejó constancia de que todos los miembros de la Comisión Electoral cumplen con lo establecido en el artículo 46 de los estatutos.

Asimismo, esta Comisión entrará en vigencia el 26 de Febrero y durará hasta el 26 de Mayo de 2014. Mediante el presente se establece el siguiente reglamento, el que regirá la elección de los nuevos miembros del Directorio:

Artículo 1. Elección.
En fecha 26 de Abril de 2014, a las 10:00 horas se desarrollará la Asamblea General Ordinaria correspondiente al año 2014. En la misma se procederá a elegir a los nuevos miembros del Directorio.

Artículo 2.- Cargos a cubrir.
Dado lo señalado en el artículo 26 de los estatutos, se deberán elegir cinco miembros, quienes durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos por una sola vez.

Artículo 3.- Requisitos para ser candidato.
Podrá postular y ser elegido miembro del Directorio, el Presidente, el Secretario y/o el Tesorero de los socios activos, siempre que al momento de la elección no se encuentre la institución a quien representa, suspendida en sus derechos, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9 de los estatutos. Además, el candidato deberá ser mayor de 18 años de edad; tener un año de antigüedad como socio de su representada a la fecha de la elección; ser chileno o extranjero avecindado por más de tres años en el país; no haber sido condenado por crimen o simple delito en los tres años anteriores a la elección; y no ser miembro de la Comisión Electoral de la Federación.

Artículo 4.- Plazo para postular.
Las candidaturas se aceptarán hasta el día 11 de Abril a las 18:00 horas, y no se hará excepción alguna.

Las postulaciones pueden remitirse vía correo certificado o por mano a Calle Serrano Nº 14, Oficina 102, Comuna de Santiago. Debe tenerse en cuenta que se tendrá como fecha y hora de recepción aquella cuando se reciba físicamente en la mencionada dirección, y no la fecha de remisión. Asimismo, se podrán enviar vía correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. . Al igual que en el caso anterior, se tendrá por fecha y hora de recepción aquella en que el correo ingrese, y no en la que fue enviado.

Artículo 5.- Requisitos que deben reunir las postulaciones.

 

En las postulaciones debe constar nombre y Rut del candidato, domicilio, fecha de nacimiento, nacionalidad, teléfono y correo electrónico de contacto, y entidad a la que representa. Para que las mismas sean consideradas, deberán acompañarse copia de cédula de identidad del postulante; certificado emitido por la institución a la que representa en el que se indique su fecha de ingreso como socio; certificado de antecedentes, el que no podrá tener una fecha mayor a 30 días anteriores a la presentación de la postulación; y certificado de vigencia de personería jurídica de la entidad a la que representa, el cual tampoco podrá tener una fecha mayor a 30 días anteriores a la presentación de la postulación.

Se exceptúa a los actuales miembros del Directorio que se postulen para ser reelectos de acompañar el certificado emitido por la institución a la que representan.

Artículo 6.- Postulaciones Observadas.

De existir observaciones en las postulaciones, esta Comisión se la comunicará a él/la postulante mediante el correo electrónico proporcionado por él/ella, quien tendrá 3 días hábiles para subsanarla. En caso de no subsanar la observación, la candidatura será rechazada sin más trámite.

Artículo 7.- Candidaturas definitivas.
En fecha 18 de Abril de 2014, esta Comisión comunicará a los afiliados de la Federación, la nómina con quienes son los candidatos que se postulan para ser electos Directores.

Artículo 8.- Votación.
De conformidad con el artículo 15 de los estatutos, un representante de cada miembro afiliado, será quien sufrague, votando por cuatro candidatos de entre los indicados en la nómina del artículo 7 de este reglamento. Se proclamarán elegidos a los que en una misma y única votación resulten con el mayor número de votos, hasta completar los cinco miembros que deben elegirse. La primera mayoría será el Presidente.

En caso de que resulten empatados dos o más candidatos, o que las personas electas sean menores a cinco y no se logre cubrir la totalidad de los cargos del Directorio, se procederá a realizar una nueva votación. Quien sufrague en representación de cada institución, será el mismo individuo que lo hizo en el párrafo primero de este artículo. Asimismo, en cada sufragio, se elegirá un total de candidatos igual a la mayoría absoluta de los cargos que restan cubrir.

Artículo 9.- Cargos dentro del Directorio.
Los cargos de Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Director, los designará el mismo Directorio electo en su primera sesión.

Artículo 10.- Entrada en funcionamiento.
El Directorio electo entrará en funciones el mismo 26 de Abril de 2014. Y en ese momento el Directorio saliente hará entrega de la documentación, los antecedentes e inventarios con los que cuente.

COMISION ELECTORAL

AJEFECH